Créditos
Crédito de la Ley 20.027 para financiamiento de estudios de Educación Superior.
Características
El sistema de Créditos contemplados en la ley 20.027 es fruto de una iniciativa del Gobierno, que Busca otorgar más oportunidades a los y las jóvenes del país, en el acceso al financiamiento de estudios de educación superior de pregrado.
Este mecanismo de financiamiento consiste en un crédito, dirigido a postulantes que pertenecen a grupos familiares de escasos recursos económicos, y que cumplen con los méritos académicos mínimos exigidos por la reglamentación de la ley y los establecidos por cada institución de educación superior.
Este crédito no esta condicionado a la capacidad actual de endeudamiento de las familias de los postulantes, y por ende no exige ningún tipo de garantía o aval familiar.En su reemplazo, el sistema establece que las garantías son entregadas por la institución de educación superior donde estudia el alumno, y por el Estado, que es garante del crédito hasta la total extinción del mismo.
Requisitos de Postulación.
Pueden postular a este crédito los alumnos de primer año y los de cursos superiores que cumplan con los siguientes requisitos:
Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
Encontrarse matriculado o postulando a una carrera de pregrado impartida por una institución de educación superior que reúna las siguientes características (1):
Reconocida oficialmente por el Estado
Autónoma
Acreditada
Que participe en el sistema de créditos de la ley 20.027
Que las condiciones socioeconómicas de su grupo familiar justifiquen el otorgamiento del crédito.
Haber demostrado mérito académico suficiente, entendiéndose por tal el cumplimiento de los requisitos académicos que las respectivas instituciones de educación superior definan al efecto (2), los que en ningún caso podrán ser inferiores a los siguientes:
a. Para alumnos que ingresan a primer año:
Un puntaje mínimo en la PSU de 475 puntos (Promedio de Lenguaje y Matemáticas), para financiar carreras impartidas en Universidades.
Un promedio de notas de enseñanza media de 5,3 o puntaje mínimo en la PSU de 475, en el caso de carreras impartidas en Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica.
b. Para alumnos de cursos superiores:
Acreditar un avance curricular progresivo equivalente al 70% del total de créditos o cursos inscritos en los últimos dos semestres que hubiesen cursado y concluido en la institución.
No haber cursado previamente una carrera de nivel universitario, con financiamiento del Fondo Solidario de Crédito Universitario o con créditos otorgados según esta misma ley 20.027.
El listado de las instituciones que reúnen estas características lo puedes encontrar en la página web de la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, www.ingresa.cl
El detalle de los requisitos exigidos por las IES los puedes consultar en la página webwww.ingresa.cl, así como en las páginas Web de las respectivas instituciones de educación superior.
Cómo se postula
El proceso de postulación al crédito con garantía del Estado para el año 2008 se realizará en dos períodos:
Entre el 11 y el 25 de octubre de 2007, para alumnos de cursos superiores (que en el 2008 se encontrarán desde 2º año en adelante) y que no cuenten con este beneficio.
Entre el 05 y el 25 de noviembre de 2007, para alumnos que ingresarán a primer año de estudios.
En ambos casos la postulación debes realizarla en Internet a través del Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS), al cual puedes acceder a través de las siguientes páginas Web:
- www.fuas.mineduc.cl
- www.becasycreditos.cl
Proceso de Asignación.
El proceso de asignación del beneficio de garantía del Estado para créditos de educación superior se compone de dos etapas distintas:
1. Proceso de preasignación del beneficio, a cargo de la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores.
2. Proceso de asignación efectiva del beneficio, dependiente de la matricula en la respectiva Institución de Educación Superior.
Proceso de preasignación:
a.- Análisis de requisitos: En esta etapa, la Comisión analiza el cumplimiento de los requisitos establecidos para acceder al beneficio y determina el universo de alumnos que cumplen con los requisitos de postulación.
En el caso de los alumnos de cursos superiores, además de los requisitos ya enumerados, debes contar con el respaldo específico de la Institución de Educación Superior en la cual te encuentras estudiando.
b.- Análisis Socioeconómico: Posteriormente, y sobre la base del análisis de los antecedentes socioeconómicos del grupo familiar del postulante, se procede a ordenar a los postulantes de acuerdo con el nivel de ingresos per. cápita de su familia (de menor a mayor).
El beneficio de garantía del Estado se entrega en estricto orden socioeconómico, partiendo por aquellos postulantes con menor ingreso per. cápita.
La Comisión publicará, a más tardar el día 15 de enero de 2007, en su página Web www.ingresa.cl, los resultados del proceso de
Proceso de Asignación Efectiva.
Conocidos los resultados de la preasignación, los alumnos que han resultado favorecidos con ella, cuentan con un plazo de 10 días para matricularse en la institución y carrera de su preferencia, trámite esencial para la efectividad del beneficio.
Para efectos de matrícula, debes cumplir con los requisitos generales de admisión de cada institución de educación superior, como también con los requisitos académicos adicionales que éstas pudiesen haber establecido para la aceptación del crédito con garantía del Estado.
Asimismo, es importante que consideres que las IES pueden definir un número de cupos máximos de alumnos con crédito en cada una de sus carreras, por lo que debes realizar el trámite de matricula a la brevedad posible.
Si tienes un puntaje de PSU inferior a 475 y promedio de nota de enseñanza media igual o superior a 5.3, sólo puedes hacer efectivo el beneficio del crédito con garantía del Estado matriculándote en un Instituto Profesional o en un Centro de Formación Técnica, que cumpla con los requisitos legales ya indicados.
Publicación de segunda nómina de preasignados.
Eventualmente, si los alumnos incluidos en la primera nómina de preasignados no ocupan la totalidad de los cupos disponibles para este crédito, la Comisión publicará una segunda nómina de preseleccionados, manteniendo el mismo criterio de estricto orden socioeconómico.
Dicha nómina se publicará a más tardar el 30 de enero, y los alumnos incluidos en ella contarán con un plazo de 5 días para matricularse.
Para efectos de la matrícula se aplicarán las mismas restricciones señaladas en el acápite precedente.
Fondo Solidario de Créditos Universitarios.
Características.
Beneficio que se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores, también denominadas Universidades Tradicionales, para financiar parte o el total del arancel anual de la carrera.
Es un crédito otorgado en UTM con tasa de interés anual del 2%. Se empieza a cancelar después de 2 años de haber egresado, pagando anualmente una suma equivalente al 5% del total de ingresos que haya obtenido el año anterior.
El crédito del Fondo Solidario es compatible con cualquiera de las becas de arancel y con el Crédito con Garantía del Estado hasta un monto máximo determinado por el arancel de referencia de la carrera respectiva.
El plazo máximo de devolución es de 12 años, en general, y 15 en caso de que la deuda sea superior a 200 UTM. La recuperación de estos recursos permite que las nuevas generaciones de estudiantes soliciten estos mismos beneficios.
Si la persona se encuentra sin trabajo o estudiando, puede postergar el pago acreditando su situación en la universidad en que estudió.
Requisitos
Ser chileno/a.
Llenar y enviar adecuadamente el Formulario de Postulación.
Que su condición socioeconómica le impida el pago total o parcial de arancel anual.
Obtener un puntaje promedio en las PSU igual o superior a 475 puntos, pruebas de Lenguaje y Matemáticas.
Obtener un puntaje promedio en las PSU igual o superior a 475 puntos, pruebas de Lenguaje y Matemáticas.
Los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores que no hayan obtenido un financiamiento igual al arancel de referencia, podrán apelar al Fondo Solidario de Crédito Universitario para aumentar su porcentaje de ayuda siempre y cuando se encuentren en cualquiera de las situaciones abajo expresadas:
Enfermedad catastróficas no cubiertas por el AUGE de algún integrante del núcleo familiar. Se debe presentar certificado de enfermedad o invalidez.
Hermanos en educación superior: se debe presentar certificado de alumno regular con los montos asociados del año en curso.
Fallecimiento del sostenedor del grupo familiar entre el periodo de postulación a las becas y Créditos hasta la fecha de apelación.
Cesantía del sostenedor del grupo familiar, ocurrida entre el proceso de postulación a las Becas y Créditos hasta la fecha de apelación, deben presentar finiquito de trabajo del sostenedor.
Todos estos antecedentes deberán presentarse en la propia universidad donde se matriculó el estudiante, en los plazos y formas que se dispondrán oportunamente a través del sitio Web www.becasycreditos.cl